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La Comisión Nacional de Mercado de Competencia (CNMC) ha impuesto un total de 5.87 millones de euros en sanciones a 22 empresas de servicios de consultoría, por vulneración del artículo 1 de la Ley de Defensa de Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), constitutiva de cártel.

Asimismo, la CNMC también ha sancionado a diversos directivos y/o representantes legales de estas consultoras, por sanciones cuyo importe asciende a un total de 439.000 euros, en virtud del artículo 63.2 LDC, el cual establece que “(…) cuando el infractor sea una persona jurídica, se podrá imponer una multa de hasta 60.000 euros a cada uno de sus representantes legales o a las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en el acuerdo o decisión”.

El caso tiene gran relevancia dado que, a una de las consultoras, se le aplicó una reducción del 10% de la sanción por disponer de programas de cumplimiento normativo que, entre otros, trataban aspectos relevantes en materia de competencia.

La referida consultora disponía, desde el año 2015, de un Código de Cumplimiento Ético y Legal que incluía aspectos concretos en materia de protección de la competencia. Igualmente, desde el 2015 realizaba sesiones de formación específicas en relación con las normas de competencia para orientar a sus empleados a erradicar y prevenir conductas que vulneren la normativa de competencia.

Una vez incoado este expediente en el año 2019, esta consultora adoptó formalmente un manual de prevención de riesgos en derecho de la competencia, el cual incluía metodología, prevención y análisis de riesgos; un canal de denuncias; una referencia al programa de clemencia; y un protocolo de actuación de la unidad de cumplimiento ante la CNMC u otras autoridades de competencia. Asimismo, incorporó como novedad en el manual de Compliance la realización de los cursos de formación en el ámbito de competencia, así como la obligatoriedad de su realización por parte de los trabajadores, introduciéndose también la posibilidad de que el área de recursos humanos pudiera sancionar a los empleados que incumplieran esta obligación.

Por otro lado, inició una investigación interna en la cual se detectó la existencia de las conductas imputadas por parte de la CNMC y documentación acreditativa de la misma. Detectado este incidente, se procedió al despido disciplinario de diversos directivos por el incumplimiento del Código Ético y el manual de cumplimiento.

Por último, la consultora realizó modificaciones en su programa de Compliance para su adaptación a la “Guía de programas de cumplimiento en relación con las normas de competencia”, documento emitido por la CNMC y que ya se trató en la Circular nº 174/20, y emitió una declaración institucional por parte del presidente de la compañía, en la cual se destacaba la importancia de dar cumplimiento a las normas de competencia como eje central de la cultura corporativa.

El hecho de haber implantado todas y cada una de estas medidas propició la reducción de la multa en un 10%, conforme a la previsión del articulo 64.3 LDC.

La resolución, por lo tanto, pone de manifiesto que la CNMC valora muy positivamente las actuaciones de aquellas empresas que estén dirigidas a fomentar internamente el conocimiento de las normas de competencia para, así, evitar su posible incumplimiento mediante programas de cumplimiento o de Compliance Penal.

Se adjunta el enlace de la nota de prensa de la CNMC, así como de la resolución para más información:

https://www.cnmc.es/prensa/sancionador-consultoras-cnmc-20210512

https://www.cnmc.es/sites/default/files/3493822_237.pdf

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