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El Real Decreto-Ley 8/2020, regula un gran número de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Tratamos ampliamente este Real Decreto Ley en varias circulares:

» Aspectos fiscales
» Aspectos hipotecarios
» Aspectos en relación con la suspensión de contratos y reducción de jornada
» Criterios de la Agencia Tributaria
» Aspectos reguladores de las personas jurídicas de derecho privado
» Aspectos laborales

Uno de los temas que ha suscitado mayor interés y consultas por parte de los empresarios es la línea de avales para empresas y autónomos.

En nuestra circular que abordaba los aspectos fiscales, ya informábamos de la aprobación de las indicadas líneas, pero tal como establecía la propia disposición:
Los requisitos y las condiciones para la solicitud de avales, así como el plazo máximo de solicitud están pendientes de aprobación mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros ha aprobado las condiciones y requisitos para acceder a la línea de avales, que será gestionada por el ICO a través de las entidades financieras.

En atención a la aprobación antes indicada, la información ya está disponible, pudiendo acceder al folleto de ICO en el siguiente enlace:

Consulte folleto ICO

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