Desde ESCURA consideramos oportuno recordar que el pasado 19 de abril de 2018 se publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2018, por el que se aprobó el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el período 2018-2020.

En dicho Plan de Actuación se fijan diversos objetivos entre los que destacan:

  • El control de la contratación temporal y a tiempo parcial;
  • Asegurar el cumplimiento de las normas de igualdad y la supervisión de la brecha salarial y la negociación colectiva para evitar discriminación.
  • Mayor control de las horas trabajadas, y de la actuación de contratas y empresas multiservicios.
  • ​Asimismo, se prevén actuaciones específicas en relación con: falsos autónomos, becarios, prácticas no laborales y control de las bonificaciones fraudulentas.

En el indicado Plan Estratégico de la Inspección se establece como medida el “combatir los supuestos de aplicación y obtención indebidas de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.”

En relación a lo anterior, desde el Departamento de Recursos Humanos se ha constatado una campaña generalizada por parte de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social respecto al control de dichas bonificaciones.

La inspección está comprobando el que las condiciones que rigen para cada uno de los contratos bonificados se cumplan durante todo el periodo de vigencia del contrato.

La mayoría de las bonificaciones y deducciones exigen que se den determinadas circunstancias, como por ejemplo el mantenimiento o incremento de plantilla, en los dos o incluso en los tres años siguientes. Es evidente que esta circunstancia es imposible que sea conocida en el momento de suscribir el contrato.

Consideramos de interés general de las empresas el conocimiento de los documentos que seguidamente relacionamos y a los cuales podrá acceder mediante los correspondientes enlaces:

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