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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo cambia la doctrina a través de su Sentencia 067/2020 de 13 de noviembre y establece que la responsabilidad civil derivada de una condena penal podrá prolongarse hasta la completa satisfacción del acreedor, sin que exista plazo de prescripción ni de caducidad, según el artículo 570 LEC.

La Audiencia Provincial de Barcelona había estimado la prescripción de la responsabilidad civil atendido que habían pasado 15 años desde la condena sin que se hubiese pagado la indemnización. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó el auto por considerar que dicha acción no prescribe. Posteriormente, tras ser recurrido en casación, el Tribunal Supremo ha confirmado el fallo.

Esta sentencia es relevante puesto que permite que la víctima pueda recibir la responsabilidad civil del condenado hasta su completo pago sin preocuparse por la prescripción de esta y sin la necesidad de presentar una demanda para hacer efectiva la sentencia.

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