1.- La Une 19602

2.- Escura y la Une 19602

3.- Objeto y campo de aplicación

4.- Cuando se aprobara la Une 19602

5.- Para qué sirve

6.- A quién va dirigida

7.- Posicionamiento de la Agencia Tributaria

1.- La Une 19602

La implantación de procesos de gestión y control, como resultado de unas normativas complejas en las sociedades desarrolladas, es ya una realidad en muchos ámbitos y materias.

Las normas reguladoras de procesos se iniciaron en los ámbitos de la calidad, si bien posteriormente se han desarrollado en la implantación de controles estandarizados y la verificación del cumplimiento en un sinfín de materias.

Posiblemente la que ha tenido una mayor difusión últimamente ha sido el Compliance (cumplimiento) Penal, como consecuencia de la modificación del código penal que estableció la  responsabilidad penal de las empresas.

¿Qué es la UNE 19602?  Según  la Asociación Española de Normalización (UNE), «son requisitos y recomendaciones que, alineado con las normas nacionales e internacionales existentes en materia de compliance, establecerá los requisitos y recomendaciones para un sistema de gestión de compliance tributario en las organizaciones».

Se trata del establecimiento de unos procedimientos estandarizados que permitan ante la Agencia Tributaria  demostrar la voluntad del contribuyente en su intención de dar  cumplimiento a la legislación fiscal, al mismo tiempo que una serie de reglas internas certificadas, permitan la creación y acreditación de mecanismos de control, detección y corrección de errores.

2.- Escura y la Une 19602

Desde hace ya mucho tiempo, los profesionales que nos dedicamos al asesoramiento fiscal y tributario veníamos pidiendo una clarificación de los procesos que den una mayor seguridad jurídica a las empresas y sus directivos.

La falta de seguridad jurídica en el sistema tributario es una de las reivindicaciones más demandadas por partes de los directivos de las empresas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 7 de diciembre de 2018 ha publicado la Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se somete a información pública y por un plazo de cuarenta días, entre otros proyectos de normas en tramitación, la “19602: Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso”.

En ESCURA ya hemos ido formando a nuestros profesionales y adaptando nuestros procesos para poder asesorar a las empresas en la implantación de la Une 19602.

Nuestros procesos de seguimiento y control a clientes están siendo adaptados al borrador de Norma.

Otorgamos una extraordinaria importancia a una planificación fiscal responsable que ayude a nuestros clientes a elegir entre las distintas opciones, aquellas fiscalmente más eficientes cumpliendo con el sistema tributario vigente.

3.- Objeto y campo de aplicación

La norma Une 19602 contiene entre otros los siguientes apartados:

Los requisitos (apartado 3.30)

Directrices para adoptar, implementar, mantener y mejorar continuamente (apartado 3.17),

Establece políticas de compliance tributario (apartado 3.27).

Prevé el resto de los elementos de un sistema de gestión de compliance tributario (apartado 3.34) en las organizaciones (apartado 3.22).

Una política de compliance tributario (apartado 3.27) puede establecerse de manera independiente, o integrada en una política de compliance de mayor alcance, esto es, no limitada al riesgo tributario (apartado 3.32).

4.- Cuándo se aprobará la Une 19602

Es de prever que la Une19602 se apruebe durante el primer semestre del 2019. Como se ha indicado anteriormente, el BOE de 7 de diciembre de 2018 ha publicado la Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se somete a información pública y por un plazo de cuarenta días, entre otros proyectos de normas en tramitación, la “19602: Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso”.

En el siguiente enlace puede acceder a la Resolución:

https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/07/pdfs/BOE-A-2018-16780.pdf

5.- Para qué sirve

Como todo procedimiento verificado y reglado en el marco de las normas UNE, el objetivo primordial es salvaguardar  la presunción de ausencia de voluntad defraudadora del contribuyente frente a cualquier inspección tributaria y obviamente  ante el poder judicial, en el supuesto que derivara la inspección en un presunto delito.

No obstante, cabe reseñar que a diferencia con la exención de responsabilidad penal, que viene recogida expresamente en el Código Penal, artículo 31bis, por lo que respecta a la exención de responsabilidad en el ámbito fiscal por la implantación de procesos que garanticen el cumplimiento de la norma en el ámbito tributaria, habrá que esperar a que se pronuncien la propia Agencia Tributaria y nuestros Tribunales y ver  el valor que den a estos procesos.

No obstante la adopción de procesos tendentes al cumplimiento de la norma, y su verificación a través de una norma Une aprobada, deben de ser ineludiblemente un vía para garantizar el cumplimiento y, en su caso, una mayor defensa para el contribuyente en el supuesto del incumplimiento.

6.- A quién va dirigida

La  UNE 19602 es aplicable a cualquier organización (apartado 3.22), con independencia de su tipo, tamaño, naturaleza o actividad en los sectores privado, público, con o sin ánimo de lucro, y en las actividades desarrolladas, tanto por los miembros de la organización (apartado 3.18), como por socios de negocio (apartado 3.35), siempre que ello sea posible respecto de estos últimos, que actúen, tanto unos como otros, siguiendo instrucciones de la organización (apartado 3.22), representándola o en su beneficio En la actualidad estaría destinado a cualquier empresa (multinacional o PYME) que tenga relaciones con la Agencia Tributaria española independientemente de su residencia fiscal

7.- Posicionamiento de la Agencia Tributaria

Cabe indicar que en la comisión creada a los efectos de participar en el desarrollo de la Une 19602, la Agencia Tributaria, declino participar.

El posicionamiento de la Agencia parece desde un punto de vista formal lógico, ya que como administración pública considera que no debe de adoptar un posicionamiento formal hasta la aprobación de la norma.

No obstante cabe indicar que han sido varios los responsables de la Agencia Tributaria que se han pronunciado positivamente a favor del establecimiento de una norma que permita garantizar un cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.,

Cabe recordar que  la UNE 19602 hay que enmarcarla en otra iniciativa ya aprobada como es el Código de Buenas Prácticas Tributarias para intermediarios fiscales que son «conjunto de principios, valores, normas y pautas que definen un buen comportamiento de los intermediarios fiscales de los contribuyentes respecto a las obligaciones tributarias de estos últimos … y promueve el papel de los profesionales tributarios como colaboradores sociales en la aplicación de los tributos y el compromiso social de estos profesionales para contribuir al rechazo por parte de los contribuyentes de las conductas defraudadoras».

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