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El pasado día 21 de octubre de 2021 se publicó la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2022. En este sentido, como viene siendo habitual, la Dirección General de Trabajo ha publicado el calendario laboral unificado en el que se recogen todos los festivos nacionales y autonómicos para el próximo año 2022.

Con relación a lo anterior, serán festivos comunes en toda España los siguientes días que serán retribuidos y no recuperables:

  • Sábado 1 de enero (Año Nuevo)
  • Jueves 6 de enero (Día de Reyes)
  • Viernes 15 de abril (Viernes Santo)
  • Lunes 15 de agosto (Fiesta de la Asunción)
  • Miércoles 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
  • Martes 1 de noviembre (Todos los Santos)
  • Martes 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
  • Jueves 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

Hay dos días festivos de carácter nacional que, al coincidir en domingo, podrán ser sustituidos por las comunidades autónomas. Se trata del 1 de mayo (día del trabajo) y el 25 de diciembre (Natividad del señor).

Asimismo, les recordamos que de acuerdo con el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores deberá elaborarse anualmente por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo.

Si quiere visualizar el texto normativo en el que figuran los festivos concretos para cada Comunidad Autónoma, consulte este enlace.

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